Subvenciones para apoyar a las empresas de economía social de la ciudad de Palma


28.11.2018 – Resolución provisional

 

Objetivo y cuantía de las subvenciones

Concesión de ayudas económicas dirigidas a fomentar y difundir la economía social tales como: campañas, edición de publicaciones, jornadas, seminarios, encuentros u otras actividades de naturaleza análoga desarrolladas en la ciudad de Palma. La cuantía para 2018 es de 2.000 euros.

Solicitudes y plazos

Se pueden presentar solicitudes hasta el 30 de octubre.

A quién se dirigen

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las siguientes entidades que forman parte de la economía social y se encuentran recogidas por la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y que son: las cooperativas, las fundaciones y las asociaciones que lleven a cabo actividad económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo. Asimismo, podrán formar parte de la economía social aquellas entidades que lleven a cabo actividad económica y empresarial, que sus reglas de funcionamiento respondan a los principios que figuran en el artículo 4 de esta Ley, y que estén incluidas en el catálogo de entidades establecido en el artículo 6 de esta ley citada.

Con carácter general, las entidades beneficiarias deben reunir los requisitos siguientes:
a) Estar legalmente constituidas y constar inscritas en el Registro que corresponda.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social con el Estado y con la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Palma.

Acciones subvencionables

Acciones de fomento de la economía social tales como: campañas, edición de publicaciones, jornadas, seminarios, encuentros u otras actividades de naturaleza análoga que se hayan desarrollado en la ciudad de Palma.

Se pueden subvencionar los gastos que figuran a continuación relacionadas con las acciones de fomento:
a) El alquiler del espacio en que se desarrollan las acciones de fomento y el alquiler de equipos.
b) Los gastos de los ponentes (traslados, alojamientos, ponencias).
c) Los gastos de publicidad directamente relacionadas con la acción de fomento.
d) Los gastos de promoción y relaciones públicas destinadas a dar a conocer las actividades de las entidades de economía social.
Ejecución de las acciones: Las acciones subvencionables deberán haberse llevado a cabo desde el día 01 de enero de 2018 y hasta el 31 de octubre de 2018.

Solicitudes y plazos

Se pueden presentar solicitudes hasta el 30 de octubre.

Documentación
1. Solicitud (Anexo I).
2. Declaración Responsable (Anexo II)
3. Documentación preceptiva (se presentarán originales que serán digitalizados de acuerdo con lo previsto en los artículos 16 y siguientes de la Ley
39/2015)
– NIF / CIF de la entidad.
– DNI / NIF de la persona firmante de la solicitud o del representante de la entidad.
– Escritura de constitución de la entidad y Estatus.

En el caso de ser beneficiario de la subvención junto a la justificación se presentará:
Certificado de estar al corriente de pagos a la Seguridad Social (específico para solicitar subvenciones).
Certificado de estar al corriente de pagos a Hacienda (específico para solicitar subvenciones).

-Certificado del Ayuntamiento que no tiene deudas pendientes (específico para solicitar subvenciones). Se podrá sustituir por la autorización expresa a PalmaActiva para la obtención de este dato.